
Videovigilancia (CCTV)
Las cámaras se ubican en los puntos ciegos reales del edificio (accesos, garaje, zonas comunes), no en un patrón estándar. Las grabaciones se suprimen en el plazo máximo de un mes desde su captación, tal y como exige el artículo 22.3 de la LOPDGDD, salvo que recojan hechos que deban acreditarse ante la autoridad competente. El responsable del tratamiento es la comunidad o la empresa titular de la instalación; nosotros la mantenemos por cuenta suya y siguiendo sus instrucciones.




